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19 Noviembre 2025

Níquel en alimentos: nuevos límites de la UE y todo lo que el exportador latinoamericano debe saber

La UE establece por primera vez límites máximos de níquel en alimentos, vigentes desde julio de 2025. Los exportadores latinoamericanos deben ajustar cadenas de suministro y aplicar controles analíticos precisos. TSI/Eurofins ofrece métodos avanzados para asegurar cumplimiento, inocuidad y acceso a mercados europeos.

 

El níquel (Ni), es un elemento presente de forma natural en la corteza terrestre, puede incorporarse a la cadena alimentaria tanto por causas naturales como por actividades humanas. La nueva reglamentación se sustenta en la necesidad de proteger la salud pública, especialmente la de los grupos más vulnerables.

El níquel es un micronutriente esencial para las plantas, particularmente importante durante la germinación de las semillas. Esta función biológica explica la presencia natural de este elemento en alimentos como el cacao, las nueces y las semillas, que tienden a concentrarlo de forma más significativa.

En este contexto, la Unión Europea (UE) ha establecido por primera vez límites máximos (LMs) para el Ni en alimentos, marcando un hito en los requisitos de inocuidad alimentaria. Esta medida se concreta en el Reglamento (UE) 2024/1987 de la Comisión, del 30 de julio de 2024, que modifica la normativa marco sobre contaminantes (Reglamento (UE) 2023/915) y será de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de julio de 2025.

Para los exportadores latinoamericanos de alimentos, el principal desafío no radica únicamente en los nuevos límites establecidos, sino en el momento en que estos comienzan a aplicarse. La fecha determinante será la puesta en el mercado dentro de la Unión Europea, y no la de cosecha o producción. Esto implica que las cadenas de suministro deberán ajustarse de inmediato, ya que incluso los productos elaborados antes del 1 de julio de 2025 estarán sujetos a la nueva normativa si se comercializan en la UE a partir de esa fecha.

La estrategia regulatoria de la UE: cumplimiento obligatorio

La Unión Europea ha desplegado su estrategia regulatoria en tres frentes simultáneos, lo que demanda una respuesta proactiva e inmediata por parte de los operadores de alimentos:

  • Límite máximo legal: establece las concentraciones máximas permitidas de níquel en alimentos; cualquier lote que exceda dichos valores será rechazado automáticamente.
  • Método analítico obligatorio: define los procedimientos estandarizados de muestreo y análisis que deben aplicarse para verificar el cumplimiento de los límites.
  • Vigilancia futura: introduce un programa intensivo de monitoreo sobre productos aún sin límites establecidos como el café y el té, los cuales representan fuentes relevantes de exposición dietética. Este seguimiento anticipa la posible incorporación de nuevos límites máximos a partir de 2027.

La concentración de níquel en los alimentos depende directamente de la composición geológica del suelo en cada región, lo que implica que el éxito de las exportaciones a partir de julio de 2025 estará condicionado por la capacidad de los productores de implementar soluciones agronómicas de precisión adaptadas a la heterogeneidad local.

Ante este panorama, el sector exportador debe pasar de la reacción a una estrategia planificada, anticipando los riesgos y asegurando el cumplimiento regulatorio. En este sentido, TSI, socio comercial de Eurofins, ofrece capacidades analíticas avanzadas, incluyendo métodos de detección altamente sensibles para níquel, que permiten a los productores garantizar la conformidad de sus alimentos con los nuevos límites y proteger sus oportunidades de mercado.

Referencias

Atkinson, R., Chavez Navarrete, E.F., Da Silva, M.A., Dekeyrel, J., Giraldo Carvajal, M.C., Martin Lopez, J.M., Pulleman, M., Smolders, E., Taborda Lozada, D.S., & Thomas, E. (2025). Nickel: The new EU food safety regulation and what it means for the cacao and chocolate sector. CGIAR.

Comisión Europea. (2024c). Reglamento (UE) 2024/1987 de la Comisión, de 30 de julio de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/915 en lo que respecta a los límites máximos de níquel en determinados productos alimenticios. Diario Oficial de la Unión Europea L 1987.