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Etiquetado y rotulado nutricional que favorece a los consumidores Colombianos

Durante muchos años, se ha mencionado que los alimentos considerados como “chatarra” afectaban la salud de la población colombiana, por su alto consumo de ingredientes más representativos que generan enfermedades de alto riesgo en la mayoria de los niños y personas de la tercera edad.

Se puede decir, que en la actualidad estos alimentos ya son controlados; el Ministerio de Salud en el mes de Junio de 2021 exipidio la resolución 810, la cual reglamenta los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano.

Con esa regulación el ministerio tiene pensado ahorrar casi 3 billones de pesos por reducción en patologias que se originan por deficientes hábitos saludables. Al igual las empresas durante casi un año y medio deben realizar los cambios necesarios que exige la norma para que puedan presentar en la parte frontal de los alimentos, descripciones en altos contenidos de “sodio”, “azúcares añadidos” y “grasa saturada”.

Además, con estos cambios los consumidores podrán identificar de una forma más clara y veraz lo que se mencionan en cada alimento como: excelente fuente, buena fuente, reducido, libre, fortificado, aumentado, bajo en, sin azúcares añadidos y sin sodio añadido.

También favorece a los empresarios que pueden resaltar las propiedades nutricionales de sus alimentos, con base en los términos específicos del reglamento, como es el conocido “libre de sodio”, “excelente fuente”, “muy bajo”, “extramagro”, entre otros. Adicional la nueva regulación exige que todos los alimentos envasados deban tener tabla nutricional, sin excepción alguna.

La nueva tabla nutricional debe incluir un 25 porciento de la cara donde se ubique la etiqueta y los valores de referencia para las mismas fueron actualizados con base en las recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana.

Cabe mencionar, que la nueva norma elimina las exigencias de la resolución 333 del año 2011, apenas esta entre en vigencia por el tiempo que estipulo el ministerio de salud, para que las empresas adopten la medida en los cambios de sus etiquetas.

TSI Partner de Eurofins en Colombia, realiza los análisis en el desarrollo de las nuevas exigencias de la resolución 810 de 2021, a fin de que las empresas puedan soportar el requerimiento de los datos presentados en las tablas nutricionales o la elaboración de las mismas. Con nuestros laboratorios en Europa generamos la mayor confiabilidad y seguridad de los resultados obtenidos para la determinación de “azucares añadidos”, “sodio” y “grasas saturadas”.

Referencias

https://www.minsalud.gov.co 

Resolución 810 de 2021

Colombia, Nutrición Saludable, Etiquetado Nutricional

  • Creado el
Autor: Cesar Ramírez