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Etiquetado grasas trans, alerta alimentaria

En la actualidad, existen diversos riesgos alimentarios que vienen siendo controlados en cada país, con la finalidad de mejorar la alimentación de su población. Las autoridades sanitarias competentes velan por brindar y hacer cumplir las regulaciones dispuestas en temas de contaminantes, nutrición, aditivos, etiquetado entre otros. Sin embargo, a medida que avanza la tecnología en la industria de alimentos, surgen más interrogantes de lo que pudiera o no generar en la salud de sus consumidores.

Una preocupación del estado, es proveer a su población la mayor información posible sobre lo que ingiere, surgiendo en cada país grandes controversias de lo que se debe informar o no y como se debe realizar estar información. En este caso, cada país basado en sus costumbres, necesidades y realidad alimentaria decide aplicar normas que apoyen a una alimentación saludable.

Pero, ¿Qué conlleva esto a las pymes y a las grandes empresas? En primer lugar, el compromiso de que lo que entregan al mercado y describe la etiqueta es cierto, siendo ya decisión del consumidor si lo adquiere o no. Por lo tanto, al generar una regulación como en el caso de los etiquetados octagonal, semáforo y los que indique país con sus regulaciones, nos indica claramente que debemos demostrar continuamente o periódicamente que efectivamente, es demostrable ya sea con estudios que validen el cuadro nutricional, tiempo de vida útil, contenido del producto y así todas las características que nos informa el etiquetado.

Un claro ejemplo sobre información en el etiquetado, se logró observar en un determinado producto hidrobiológico, por ser elaborados con bases en especies marinas distintas a la declaradas en la etiqueta, hace fundamental la comprobación de autenticidad mediante análisis que aseguren que el producto elaborado y comercializado es lo que indica su etiquetado.

Esto nos regresa al tema de etiquetado en Perú, tras la publicación del Manual de Advertencias Publicitarias en el marco de lo establecido en la Ley nº 30021, Ley de promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes, y su reglamento aprobado por decreto supremo nº 017-2017-SA, donde señala que las empresas deberán informar sobre el contenido de azúcares, sodio, grasas y grasas trans, obligándolas a realizar controles sobre sus productos y procesos, con las indicaciones que establece dicho manual. Y en el caso de las grasas trans, establece que hay que revisar la naturaleza y regulaciones actuales sobre cada producto al no señalar un contenido máximo que pudiera haber.

Por ello, se debe considerar como medio probatorio de la veracidad de sus productos, los análisis de carbohidratos, grasas, sodio y grasas trans, teniendo un tiempo no mayor de 39 meses para que adapten sus fórmulas y logren comercializarse en el mercado como libre de sellos.

Ahora, ¿Qué tanto sabemos porque se aplican estas regulaciones para la población? Para el caso de los Grasas Trans (que es uno de los puntos más vistos inicialmente). Es importante conocer que los ácidos grasos trans están asociados a enfermedades como coronaria y diabetes.

Estos ácidos grasos trans (AGT) se encuentran de forma natural en carne y en la leche de rumiantes, y por lo tanto pueden ser hallados en pequeñas cantidades en los alimentos derivados de estos animales, en particular carnes y productos lácteos. Ahora, en la industria alimentaria se genera por procesos de hidrogenación catalítica de los aceites vegetales, como también a partir de otros procesos comunes como el calentamiento y fritura de los aceites a altas temperaturas.

Estos ácidos grasos específicos, se forman cuando los aceites líquidos se convierten en grasas sólidas tras el proceso llamado hidrogenación. Es decir, se añade hidrógeno al aceite vegetal para aumentar su plazo de consumo y la estabilidad del sabor de los alimentos, finalmente obtenemos la grasa trans.

Si analizamos de acuerdo a lo manifestado, en que productos puedo encontrar ácidos grasos trans ya sea por la tecnología aplicada o por su naturaleza, se puede concluir que debo corroborar que: en snack, productos de bollería y panificados, chocolates, conservas de aceite, cárnicos, lácteos entre otros que por su naturaleza tecnológica es requerido las grasa y/o aceites, existe una gran posibilidad que contenga e incluso sobrepase el contenido permitido, teniendo que informar correctamente a los consumidores de acuerdo a la normatividad vigente del país cual es el margen reglamentario.

Entre sus principales objetivos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), está reducir la ingesta de grasas trans, realizando recomendaciones para una ingesta de grasas totales menor del 10% calórico total y 1% de la ingesta en grasas trans.

Frente a esto la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), indica que es necesario escoger acertadamente las grasas que se van a consumir. Aseverando que es importante seleccionar alimentos bajos en grasas saturadas y colesterol, por lo que su consumo no puede ser menor del 5% como tampoco superior al 20% de la ingesta diaria.

También sugiere reemplazar las grasas saturadas y la grasa trans de la dieta con grasas mono y poliinsaturadas, debido a que la mayoría de las grasas dietéticas deben provenir de ácidos grasos mono insaturadas obtenidas de aceite de oliva y de canola y poliinsaturados provenientes de los aceites de soya, frijoles, maíz y girasol, y alimentos como las nueces. Viendo como alternativas de consumo las margarinas suaves, aceites vegetales con excepción del coco y palmiche.

Otra acotación importante hecha por la organización, es limitar los alimentos altos en colesterol, como el hígado y otros órganos, yemas de huevo, leche entera y otros productos lácteos hechos de leche entera. Incrementar el consumo de carnes magras, de aves, res y cerdo limpias. Incrementar el consumo de pescado porque contienen menos grasas saturadas que la carne.

Por lo tanto, es responsabilidad de los consumidores verificar e identificar, los alimentos de riesgo que puedan o no contener grasas en niveles superiores y estos no contengan ácidos grasos trans, diferenciando la naturaleza de cada producto analizar e interpretar correctamente lo indicado por el fabricante mediante el correcto etiquetado.

Y la responsabilidad del fabricante es garantizar que lo que produce es veraz. Asiéndose responsable de la información que emite, como también de lo indicado con ensayos periódicos, revisando el contenido de su materia prima que ingresa a proceso para identificar los riesgos de producción de ácidos grasos trans versus el producto terminado.

Conclusión

Es importante acotar que, al implementar una nueva regulación en un determinado país, esta se realiza para incrementar la Inocuidad Alimentaria y salud de su población, pero trae consigo el incremento de sus controles que realizan habitualmente. Es decir, que para este caso específico de grasas trans deberá el fabricante o procesador realizar un nuevo análisis de riesgos de donde se puede generar en su proceso, minimizarlo, controlarlo y validarlo con ensayos e informarlo con el correcto etiquetado.

A través de nuestro socio comercial Eurofins, podemos apoyar en sus proyectos para el debido cumplimiento de la reglamentación con los métodos requeridos para análisis de etiquetado nutricional basado en las diferentes regulaciones por países y los límites de detección señalados por sus clientes. Cualquier consulta comuníquese con el ejecutivo de Tecnosoluciones Integrales más cercano a su ubicación o envíe su correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Referencias

Indecopi (2018). Guía informativa sobre etiquetado 2018. Recuperado de:
https://www.indecopi.gob.pe/documents/51783/2254804/guia_informativa_etiquetado_2018.pdf/bc4f6f27-62d8-3c67-a294-8657ae195a22

Diario el Peruano (2018). Manual de Advertencias Publicitarias en el Marco establecido de la Ley N° 30021, Ley de promoción para alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes, y su reglamento aprobado DS n°017-2017 SA.
Recuperado de:
https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-manual-de-advertencias-publicitarias-en-el-marco-de-decreto-supremo-n-012-2018-sa-1660606-1

Administración de Drogas y Alimentos de los EEUU (2006). FoodFats. Recuperado de:
http://www.administracion.usmp.edu.pe/institutoconsumo/wp-content/uploads/2013/08/Grasas-Trans-FDA.pdf

FAO y FINUT (2012). Grasas y ácidos grasos en nutrición humana Consulta de expertos. Recuperado de:
http://www.fao.org/docrep/017/i1953s/i1953s.pdf

FDA, Salud, Seguridad Alimentaria, OMS, Nutrioción Saludable

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